Por Canal26
Miércoles 30 de Abril de 2025 - 00:56
Bogotá, 29 abr (EFE).- La Corte Constitucional avaló parcialmente la declaratoria del estado de conmoción interior, decretada a comienzos de este año por el presidente colombiano, Gustavo Petro, para atender la crisis humanitaria que vive la región del Catatumbo, informó este martes el alto tribunal.
La decisión la tomó la Sala Plena que "declaró la constitucionalidad parcial de la declaratoria de conmoción interior decretada por el Gobierno Nacional, que cobijó la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González, del departamento del Cesar", añadió el alto tribunal en un comunicado.
Desde enero, la violencia entre la guerrilla del Ejército de Liberación Nacional (ELN) y el Frente 33 de las disidencias de las FARC ha dejado al menos 70 muertos y más de 70.000 desplazados en el Catatumbo, en el departamento de Norte de Santander, fronterizo con Venezuela, y por eso Petro adoptó la medida.
Para la Corte, la declaratoria de conmoción interior se ajusta a la Constitución, pero "únicamente" en lo relacionado con las medidas vinculadas a la intensificación de los enfrentamientos entre el ELN y otros grupos armados organizados, los ataques indiscriminados contra la población civil y los firmantes del acuerdo de paz.
También por la crisis humanitaria causada por desplazamientos forzados y confinamientos masivos, la cual "ha superado la capacidad del Estado para brindar atención adecuada", puntualizó la información.
Por lo tanto, precisó la Corte, "esta decisión solo incluye aquellas medidas necesarias para el fortalecimiento de la fuerza pública, la atención humanitaria, la garantía de los derechos fundamentales de la población civil y la financiación para esos propósitos específicos".
Por otra parte, el alto tribunal consideró que no eran constitucionales los apartes del decreto relacionados con situaciones y problemáticas estructurales anteriores a la declaratoria de conmoción interior.
La Sala Plena resaltó que el decreto, por el cual se declaró el estado de conmoción interior, no puede buscar resolver problemas como la "presencia histórica del ELN, la concentración de cultivos ilícitos, y las deficiencias e incumplimientos en la implementación del PNIS (Programa Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito)". EFE
ocm/gbf
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